{"id":7821,"date":"2018-11-26T09:49:14","date_gmt":"2018-11-26T08:49:14","guid":{"rendered":"http:\/\/viatgesindic.com\/condicions-generals\/"},"modified":"2018-11-26T09:51:57","modified_gmt":"2018-11-26T08:51:57","slug":"condiciones-generales","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/viatgesindic.com\/es\/condiciones-generales\/","title":{"rendered":"Condiciones generales"},"content":{"rendered":"<p><b>CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE VIAJE COMBINADO<\/b><br \/>\nEl contrato de viaje combinado, se rige por lo acordado por las partes y por lo establecido en estas condiciones generales, en las normas auton\u00f3micas vigentes en el lugar de celebraci\u00f3n del contrato y, en defecto de \u00e9stas, por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1\/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley general para la defensa de los consumidores y usuarios y otras leyes complementarias.<br \/>\n<b>ORGANIZACI\u00d3N<\/b><br \/>\nLa organizaci\u00f3n t\u00e9cnica de nuestros viajes a cargo de Viatges Indic 2 S.L. ,G.C 696 , NIF B-61061453, con domicilio en Vilafranca del Pened\u00e8s Barcelona, Rambla Sant Francesc n\u00ba 5 1\u00ba-2\u00aa con c\u00f3digo postal 08720, a menos que se indique que la organizaci\u00f3n corresponde a otro agencia de viajes. En este \u00faltimo caso, Viatges Indic actuar\u00eda como vendedora del viaje.<br \/>\n<b>DOCUMENTACI\u00d3N<\/b><br \/>\n1. La agencia tiene el deber de informar sobre las formalidades sanitarias necesarias para el viaje y la estancia, as\u00ed como de las condiciones aplicables a los ciudadanos de la Uni\u00f3n Europea en materia de pasaportes y de visados. Los nacionales de fuera de la Uni\u00f3n Europea deber\u00e1n consultar con su consulado o embajada los requisitos documentales y sanitarios necesarios para la realizaci\u00f3n del viaje.<\/p>\n<p>2. El consumidor deber\u00e1 obtener la documentaci\u00f3n necesaria para realizar el viaje, incluido el pasaporte y los visados y formalidades sanitarias. Todos los da\u00f1os que puedan derivarse de la falta de esta documentaci\u00f3n ir\u00e1n a cuenta y, en particular, los gastos producidos por la interrupci\u00f3n del viaje y su eventual repatriaci\u00f3n.<br \/>\n<b>PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA<\/b><br \/>\nLas personas con movilidad reducida, antes de proceder a la solicitud de la reserva, deber\u00e1n poner en conocimiento de la agencia detallista esta situaci\u00f3n, a fin de valorar la posibilidad y viabilidad de contratar el viaje de acuerdo con sus caracter\u00edsticas.<\/p>\n<p>De acuerdo con lo establecido en el Reglamento CE 1107\/2006, se entiende como persona de movilidad reducida, toda persona, la movilidad de la que, para participar en el viaje, se halle reducida por motivos de discapacidad f\u00edsica (sensorial o locomotriz, permanente o temporal), discapacidad o deficiencia intelectual, o cualquier otra causa de discapacidad, o por la edad, en que su situaci\u00f3n requiera una atenci\u00f3n adecuada y la adaptaci\u00f3n a sus necesidades particulares del servicio puesto a disposici\u00f3n del resto de participantes en el viaje.<br \/>\nINSCRIPCIONES Y PAGO DEL PRECIO<br \/>\na) En el momento de hacer la reserva se deber\u00e1 abonar el 40% del importe del viaje; las plazas no se considerar\u00e1n firmemente comprometidas si no se ha efectuado previamente el dep\u00f3sito correspondiente.<\/p>\n<p>b) El pago del resto del precio se realizar\u00e1 seg\u00fan el calendario de pago que fije la agencia. Si la agencia no fija un calendario de pago, se entender\u00e1 que el pago deber\u00e1 realizarse como m\u00e1ximo 10 d\u00edas naturales antes de la salida.<\/p>\n<p>c) La agencia podr\u00e1 resolver el contrato y aplicar las reglas establecidas para el desistimiento antes de la salida si el consumidor no realiza cualquiera de los pagos previstos en el apartado anterior en el plazo que corresponda.<br \/>\n<b>PRESTACIONES DEL VIAJE COMBINADO<\/b><br \/>\nLas prestaciones que integran el contrato de viaje combinado resultan de la informaci\u00f3n proporcionada al consumidor en el folleto o programa, as\u00ed como de las indicaciones relativas a esta informaci\u00f3n que se hayan realizado al confirmar la reserva.<\/p>\n<p>Sin embargo, la agencia organizadora se reserva la posibilidad de modificar la informaci\u00f3n contenida en el folleto antes de la perfecci\u00f3n del contrato. Para su validez, los cambios en dicha informaci\u00f3n se tienen que haber comunicado claramente por escrito al consumidor.<\/p>\n<p>1) Alojamiento<\/p>\n<p>Salvo que se indique otra cosa en el folleto o se disponga en condiciones particulares:<\/p>\n<p>a) En relaci\u00f3n con aquellos pa\u00edses en los que existe clasificaci\u00f3n oficial de establecimientos hoteleros o de cualquier otro tipo de alojamiento, el folleto recoge la clasificaci\u00f3n tur\u00edstica que se otorga en el pa\u00eds correspondiente.<\/p>\n<p>b) El horario de ocupaci\u00f3n de las habitaciones depende de las normas establecidas en cada pa\u00eds y alojamiento.<\/p>\n<p>c) Las habitaciones o camarotes de un barco triples o cu\u00e1druples son generalmente habitaciones dobles a las que se a\u00f1ade una o dos camas, que suelen ser un sof\u00e1 cama o una cama plegable, excepto en ciertos establecimientos donde en lugar de camas adicionales, se emplean dos camas m\u00e1s grandes.<\/p>\n<p>2) Transporte<\/p>\n<p>a) El consumidor debe presentarse en el lugar indicado para la salida con la antelaci\u00f3n indicada por la agencia o, en su defecto, por el folleto. Por regla general, en el caso de transporte a\u00e9reo, la antelaci\u00f3n m\u00ednima es de dos horas sobre el horario de salida previsto.<\/p>\n<p>b) Si el consumidor no pudiera realizar el viaje por no haberse presentado con la antelaci\u00f3n requerida, se aplicar\u00e1 el r\u00e9gimen previsto para la falta de presentaci\u00f3n a la salida o, en su caso, lo previsto en el apartado correspondiente a la desestimaci\u00f3n del consumidor.<\/p>\n<p>c) La p\u00e9rdida o da\u00f1o que se produzca en cuanto al equipaje de mano u otros objetos que el consumidor lleva consigo y conserva bajo su custodia son exclusivamente por cuenta y riesgo.<\/p>\n<p>3) Seguros.<\/p>\n<p>Nuestros viajes incluyen un seguro de viaje. Los clientes que lo deseen podr\u00e1n contratar ampliaciones de las coberturas y gastos de anulaci\u00f3n en el momento de hacer la inscripci\u00f3n al mismo. Los seguros no son reembolsables una vez contratados.<\/p>\n<p>4) Otros servicios<\/p>\n<p>a) Por norma general, el r\u00e9gimen de pensi\u00f3n completa incluye desayuno, almuerzo, cena y alojamiento. El r\u00e9gimen de media pensi\u00f3n, salvo que se indique de otra forma, incluye desayuno, cena y alojamiento. Por regla general, en estas comidas no incluyen las bebidas.<\/p>\n<p>b) Las dietas especiales (vegetarianas o de reg\u00edmenes especiales) s\u00f3lo se garantizan si han sido pactadas por las partes en condiciones particulares.<\/p>\n<p>c) Se entender\u00e1 que la presencia de mascotas es aceptada en el viaje si expresamente as\u00ed se indica en la publicidad e informaci\u00f3n previa del mismo. En caso contrario, si el consumidor desea viajar con su mascota, deber\u00e1 ponerlo en conocimiento de la agencia antes de efectuar la solicitud de reserva a fin de que pueda informarle si es o no posible.<br \/>\n<b>DERECHOS DE LAS PARTES ANTES DE EMPEZAR EL VIAJE<\/b><br \/>\nA) Modificaci\u00f3n del contrato<\/p>\n<p>1. Si en cualquier momento anterior a la salida el consumidor desea solicitar cambios referidos a los destinos, a los medios de transporte, a la duraci\u00f3n, al calendario, al itinerario del viaje contratado o a cualquier otro extremo sobre las prestaciones y la agencia puede efectuarlos, \u00e9sta podr\u00e1 exigirle el abono de los gastos adicionales justificados que hubieran causado estas modificaciones, as\u00ed como unos gastos de gesti\u00f3n de la reserva que no podr\u00e1n exceder del 15% del precio del viaje.<\/p>\n<p>2. Antes de la salida, la agencia s\u00f3lo puede realizar los cambios que sean necesarios para el buen fin del viaje combinado y que no sean significativos. Se considera que los cambios necesarios son significativos si impiden la realizaci\u00f3n de los fines del mismo, seg\u00fan sus caracter\u00edsticas generales o especiales.<\/p>\n<p>3. En el supuesto de que la agencia se vea obligada a realizar cambios significativos lo pondr\u00e1 inmediatamente en conocimiento del consumidor. Este podr\u00e1 optar entre aceptar la modificaci\u00f3n del contrato en el que se precisen las variaciones introducidas y su repercusi\u00f3n en el precio, o resolver el contrato. El consumidor deber\u00e1 comunicar la decisi\u00f3n que adopte la agencia en los tres d\u00edas siguientes al que se le notifique la modificaci\u00f3n. Si el consumidor no comunica su decisi\u00f3n en el plazo indicado, se entender\u00e1 que opta por la resoluci\u00f3n del contrato.<\/p>\n<p>B) Revisi\u00f3n del precio<\/p>\n<p>1. La agencia s\u00f3lo podr\u00e1 revisar el precio, al alza o a la baja, siempre que dicha revisi\u00f3n se produzca antes de los 20 d\u00edas previos a la salida y que no sea significativa, es decir, superior al 15% del precio del viaje. Adem\u00e1s, esta revisi\u00f3n s\u00f3lo se podr\u00e1 llevar a cabo para ajustar el importe del precio del viaje a las variaciones:<\/p>\n<p>a) De los tipos de cambio aplicados al viaje organizado.<\/p>\n<p>b) Del precio de los transportes comprendidos en el viaje, incluido el coste del carburante.<\/p>\n<p>c) De las tasas e impuestos relativos a determinados servicios, como tasas de aeropuerto, embarcaci\u00f3n, desembarque y otros incluidos en el precio.<\/p>\n<p>2. El precio revisado se determinar\u00e1 tomando como referencia el contravalor de la moneda del pa\u00eds o pa\u00edses de destino y los precios, tasas e impuestos aplicables en la fecha de edici\u00f3n del folleto.<\/p>\n<p>Si la revisi\u00f3n del precio supone un aumento superior al 15% del precio del viaje, la agencia lo pondr\u00e1 inmediatamente en conocimiento del consumidor, que podr\u00e1 resolver el contrato.<\/p>\n<p>C) Cesi\u00f3n de la reserva<\/p>\n<p>1. El consumidor podr\u00e1 ceder su reserva a una persona que re\u00fana todas las condiciones requeridas en el folleto y en el contrato para realizar el viaje combinado.<\/p>\n<p>2. La cesi\u00f3n deber\u00e1 ser comunicada por cualquier medio a la agencia y ser\u00e1 gratuita si \u00e9sta recibe la comunicaci\u00f3n con una antelaci\u00f3n m\u00ednima de quince d\u00edas a la fecha de inicio del viaje. Si se desea llevar a cabo con posterioridad y la agencia puede aceptarla, podr\u00e1 exigir al consumidor unos gastos de gesti\u00f3n que no excedan del 10% del precio del viaje.<\/p>\n<p>3. En todo caso, el consumidor y la persona a quien haya cedido la reserva responden solidariamente ante la agencia del pago del resto del precio, as\u00ed como de los gastos adicionales justificados que pudiera haber causado la cesi\u00f3n.<\/p>\n<p>D) Derecho de desistimiento del consumidor<\/p>\n<p>1. En todo momento el consumidor y usuario podr\u00e1 dejar sin efecto los servicios solicitados o contratados, teniendo derecho a la devoluci\u00f3n de las cantidades que hubiese abonado, pero deber\u00e1 indemnizar al organizador o detallista en las cuant\u00edas que a continuaci\u00f3n se indican, salvo que la resoluci\u00f3n tenga lugar por causa de fuerza mayor:<\/p>\n<p>a) Si el viaje no est\u00e1 sujeto a condiciones econ\u00f3micas especiales de contrataci\u00f3n:<\/p>\n<p>1. Gastos de gesti\u00f3n.<\/p>\n<p>2. Gastos de anulaci\u00f3n, si los hay, y<\/p>\n<p>3. Una penalizaci\u00f3n consistente en el 5% del importe total del viaje, si la cancelaci\u00f3n se produce con m\u00e1s de 10 y menos de 15 d\u00edas de antelaci\u00f3n a la fecha del comienzo del viaje; el 15% entre los d\u00edas 3 y 10, y el 25% dentro de las 48 horas antes a la salida.<\/p>\n<p>b) Si el viaje combinado estuviera sujeto a condiciones econ\u00f3micas especiales de contrataci\u00f3n, tales como flete de aviones, buques, tarifas especiales u otras an\u00e1logas, los gastos de gesti\u00f3n, los gastos de anulaci\u00f3n y las penalizaciones se establecer\u00e1n de acuerdo con las condiciones acordadas entre las partes.<\/p>\n<p>2. En todo caso el desistimiento produce efectos desde el momento en que la voluntad de desistir del consumidor llega al conocimiento de la agencia.<\/p>\n<p>E) Cancelaci\u00f3n del viaje por parte del organizador<\/p>\n<p>1. La cancelaci\u00f3n del viaje, por cualquier motivo que no sea imputable al consumidor, le da derecho a resolver el contrato con los derechos previstos en el apartado C).<\/p>\n<p>2. Si la cancelaci\u00f3n del viaje se comunica dentro de los dos meses anteriores a la salida, la agencia deber\u00e1 abonar al consumidor una indemnizaci\u00f3n en funci\u00f3n del tiempo que falte para la salida, que como m\u00ednimo ser\u00e1 de:<\/p>\n<p>a) El 5% del precio del viaje si se produce con una antelaci\u00f3n de m\u00e1s de 15 d\u00edas y menos de 2 meses.<\/p>\n<p>b) El 10% del precio del viaje, si se produce con una antelaci\u00f3n de entre los 15 y 3 d\u00edas.<\/p>\n<p>c) El 25% del precio del viaje, si se produce en las 48 horas anteriores a la salida.<\/p>\n<p>3. No hay obligaci\u00f3n de indemnizar en los siguientes supuestos:<\/p>\n<p>a) Cuando la cancelaci\u00f3n se debe a que el n\u00famero de personas inscritas es inferior al exigido en el folleto o en el contrato para el viaje combinado.<\/p>\n<p>En este caso, la agencia debe comunicar por escrito la cancelaci\u00f3n al consumidor antes de la fecha l\u00edmite fijada en el folleto o en el contrato, y que como m\u00ednimo ser\u00e1 de 10 d\u00edas de antelaci\u00f3n m\u00ednima a la fecha de salida.<\/p>\n<p>b) Cuando la cancelaci\u00f3n del viaje se debe a causas de fuerza mayor. Son causas de fuerza mayor las circunstancias ajenas a la agencia, anormales e imprevisibles, la consecuencia de las cuales no habr\u00eda podido evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia adecuada.<\/p>\n<p>F). Falta de presentaci\u00f3n a la salida<\/p>\n<p>Habr\u00e1 falta de presentaci\u00f3n a la salida si el consumidor no comunica su voluntad de no realizar el viaje y no se presenta a la hora y lugar previstos para la salida.<\/p>\n<p>En este caso, pierde el derecho a la devoluci\u00f3n de las cantidades entregadas y contin\u00faa obligado a abonar las que estuvieran pendientes de pago.<br \/>\n<b>DERECHOS Y DEBERES DE LAS PARTES DESPU\u00c9S DE INICIAR EL VIAJE<\/b><br \/>\nA) Cumplimiento defectuoso o falta de prestaci\u00f3n de servicios<\/p>\n<p>1. Cuando el consumidor compruebe durante la realizaci\u00f3n del viaje, que hay alg\u00fan defecto o se produce la falta de prestaci\u00f3n de alg\u00fan servicio contratado, deber\u00e1 comunicarlo en el mismo lugar y lo antes posible al organizador o al detallista y, en su caso, al prestador del servicio de que se trate, a fin de que la agencia pueda tener la posibilidad de buscar una soluci\u00f3n inmediata si es posible. La comunicaci\u00f3n deber\u00e1 realizarse por escrito o en cualquier forma en que quede constancia. Tras recibir la comunicaci\u00f3n, el detallista o el organizador deber\u00e1n obrar con diligencia para hallar las soluciones adecuadas.<\/p>\n<p>2. En el caso de que durante el viaje sobrevenga la falta de prestaci\u00f3n o la prestaci\u00f3n deficiente de alguno de los servicios que forman parte del mismo, el consumidor tratar\u00e1 de no aumentar con sus acciones y decisiones los da\u00f1os que se deriven.<\/p>\n<p>B) Imposibilidad de prestar una parte importante de los servicios por parte del organizador<\/p>\n<p>a) La agencia deber\u00e1 adoptar las soluciones adecuadas para la continuaci\u00f3n del viaje si una vez iniciado \u00e9ste no suministra o comprueba que no puede suministrar una parte importante de los servicios previstos en el contrato.<\/p>\n<p>Son parte importante de los servicios previstos aquellos cuya falta de realizaci\u00f3n se impide el desarrollo normal del viaje y provocan que no sea razonable esperar que el consumidor, en medio de este tipo de viaje, lo contin\u00fae en esas circunstancias.<\/p>\n<p>2. La agencia no podr\u00e1 pedir suplemento para las soluciones adoptadas para la continuaci\u00f3n del viaje y abonar\u00e1 al consumidor cualquier diferencia entre las prestaciones previstas y las suministradas.<\/p>\n<p>3. Si el consumidor acepta expresa o t\u00e1citamente las soluciones propuestas por la agencia no tendr\u00e1 derecho a indemnizaci\u00f3n por estas modificaciones. Se considerar\u00e1 que acepta t\u00e1citamente dichas propuestas si contin\u00faa el viaje con las soluciones dadas por el organizador.<\/p>\n<p>4. Si las soluciones adoptadas por el organizador fueran inviables o el consumidor no las aceptase por motivos razonables, la agencia deber\u00eda:<\/p>\n<p>a) Proporcionarle un medio de transporte equivalente al contratado en el viaje para regresar al lugar de salida oa cualquier otro que ambos hayan convenido, si el contrato incluye el viaje de vuelta.<\/p>\n<p>b) Reembolsarle el precio pagado con deducci\u00f3n del importe de las prestaciones que le haya proporcionado hasta terminar el viaje, excepto si el defecto que impide la continuaci\u00f3n del viaje es imputable al consumidor.<\/p>\n<p>c) Abonarle la indemnizaci\u00f3n que proceda.<\/p>\n<p>C) Desestimaci\u00f3n del consumidor durante el viaje<\/p>\n<p>1. El consumidor tiene el derecho a desistir del contrato de viaje combinado una vez comenzado el viaje, pero no podr\u00e1 reclamar la devoluci\u00f3n de las cantidades entregadas y continuar\u00e1 obligado a abonar las que est\u00e9n pendientes de pago.<\/p>\n<p>2. Si la desestimaci\u00f3n obedece a un accidente o a una enfermedad del consumidor, que le impida continuar el viaje, la agencia est\u00e1 obligada a prestar la necesaria asistencia y, en su caso, a abonar el importe de la diferencia entre las prestaciones previstas y las suministradas, deducidos los gastos de gesti\u00f3n y de anulaci\u00f3n debidamente justificados que corresponder\u00edan.<\/p>\n<p>3. En ambos casos, todos los gastos suplementarios ocasionados por el desistimiento, y en particular los de repatriaci\u00f3n o traslado al lugar de origen, son a cargo del consumidor.<\/p>\n<p>D) Deberes de colaboraci\u00f3n del consumidor al normal desarrollo del viaje<\/p>\n<p>1. El consumidor deber\u00e1 atenerse a las indicaciones que le facilite la agencia para la adecuada ejecuci\u00f3n del viaje, as\u00ed como las reglamentaciones que son de aplicaci\u00f3n general a los usuarios de los servicios comprendidos en el viaje combinado. En particular, en los viajes en grupo guardar\u00e1 el debido respeto a los dem\u00e1s participantes y observar\u00e1 una conducta que no perjudique el normal desarrollo del viaje.<\/p>\n<p>b. La infracci\u00f3n grave de estos deberes faculta a la agencia para resolver el contrato de viaje combinado. En este caso, si el contrato incluye el viaje de regreso, la agencia proporcionar\u00e1 al consumidor un medio de transporte equivalente al contratado en el viaje para regresar al lugar de salida o a cualquier otro que ambos hayan convenido. La agencia tendr\u00e1 derecho, adem\u00e1s, a la indemnizaci\u00f3n que proceda por los da\u00f1os imputables a la conducta del consumidor.<br \/>\n<b>RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL POR CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO O INCUMPLIMIENTO<\/b><br \/>\nLa agencia organizadora y la agencia detallista responden frente al consumidor tanto si ejecutan ellas mismas las prestaciones comprendidas en el viaje combinado como si las realizan sus auxiliares u otros prestadores de servicios.<\/p>\n<p>1) Causas de exoneraci\u00f3n de responsabilidad<\/p>\n<p>La responsabilidad de organizadores y detallistas cesar\u00e1 cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:<\/p>\n<p>a) Que los defectos observados en la ejecuci\u00f3n del contrato sean imputables al consumidor.<\/p>\n<p>b) Que dichos defectos sean imputables a un tercero, ajeno al suministro de las prestaciones previstas en el contrato y revistan un car\u00e1cter imprevisible o insuperable.<\/p>\n<p>c) Que los defectos aludidos se deban a causas de fuerza mayor, entendiendo por causas de fuerza mayor aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles, cuyas consecuencias no habr\u00edan podido evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia debida.<\/p>\n<p>d) Que los defectos se deban a un acontecimiento que el detallista o el organizador, a pesar de haber puesto toda la diligencia necesaria, no pod\u00eda prever ni superar.<\/p>\n<p>2) Deber de asistencia de la agencia<\/p>\n<p>1. La agencia organizadora y la agencia detallista, a pesar de estar exoneradas de responsabilidad, continuar\u00e1n obligadas a proporcionar la asistencia necesaria al consumidor que se encuentre en dificultades.<\/p>\n<p>2. No existir\u00e1 el deber de asistencia previsto en el apartado anterior cuando los defectos producidos durante la ejecuci\u00f3n del contrato sean atribuibles de forma exclusiva a una conducta intencional o negligente del consumidor.<\/p>\n<p>3) Responsabilidad por prestaciones no incluidas en el viaje combinado<\/p>\n<p>1. Las reglas de responsabilidad contractual del viaje combinado no son aplicables a prestaciones como la realizaci\u00f3n de excursiones, la asistencia a eventos deportivos o culturales, las visitas a exposiciones o museos, u otras an\u00e1logas, que no se encuentran incluidas en el precio global del viaje combinado y que el consumidor contrata con car\u00e1cter facultativo con ocasi\u00f3n del viaje o durante su transcurso.<\/p>\n<p>En estos casos, la agencia deber\u00e1 indicar al consumidor el car\u00e1cter facultativo de la prestaci\u00f3n y que no forma parte del viaje combinado.<\/p>\n<p>2. Si la agencia interviene en la contrataci\u00f3n de estas prestaciones responder\u00e1 de acuerdo con las reglas espec\u00edficas del contrato que realice.<br \/>\n<b>RECLAMACIONES Y ACCIONES DERIVADAS DEL CONTRATO<\/b><br \/>\nA) Reclamaciones a la agencia<\/p>\n<p>1. Sin perjuicio de las acciones legales que le asisten, el consumidor podr\u00e1 efectuar por escrito reclamaciones por la no ejecuci\u00f3n o la ejecuci\u00f3n deficiente del contrato ante la agencia detallista.<\/p>\n<p>2. En un plazo m\u00e1ximo de 30 d\u00edas, la agencia deber\u00e1 contestar por escrito las reclamaciones formuladas.<\/p>\n<p>3. En esta fase, el consumidor y la agencia podr\u00e1n solicitar la mediaci\u00f3n de la administraci\u00f3n competente o de los organismos que se constituyen a tal fin para encontrar por s\u00ed mismos una soluci\u00f3n al conflicto, que sea satisfactoria para ambas partes.<\/p>\n<p>4. Si el conflicto no puede ser resuelto mediante la reclamaci\u00f3n a la agencia, el consumidor podr\u00e1 someterlo a arbitraje de consumo si la agencia reclamada se hubiese adherido previamente al sistema arbitral de consumo, o si la agencia a pesar de no estar adherida acepta solicitud de arbitraje del consumidor. Asimismo en todo caso el consumidor puede reclamar en v\u00eda judicial.<\/p>\n<p>B) Arbitraje de consumo<\/p>\n<p>1. Si la agencia reclamada se hubiese adherido previamente al sistema arbitral de consumo, el consumidor podr\u00e1 dirigir sus reclamaciones a la Junta Arbitral de Consumo que sea competente.<\/p>\n<p>2. No podr\u00e1n ser objeto de arbitraje de consumo las reclamaciones en las que hay intoxicaci\u00f3n, lesi\u00f3n, muerte o existan indicios racionales de delito.<\/p>\n<p>3. Salvo que se haya fijado otra cosa en la oferta p\u00fablica de sometimiento al sistema arbitral de consumo, el arbitraje ser\u00e1 de derecho y el procedimiento arbitral se regir\u00e1 por lo dispuesto en el Real Decreto 231\/2008, de 15 de febrero.<\/p>\n<p>4. El laudo que dicte el tribunal arbitral designado por la Junta Arbitral de Consumo resolver\u00e1 la reclamaci\u00f3n presentada con car\u00e1cter definitivo y ser\u00e1 vinculante para ambas partes.<\/p>\n<p>C) Acciones judiciales<\/p>\n<p>1. Si la controversia no est\u00e1 sometida a arbitraje de consumo, el consumidor podr\u00e1 reclamar por v\u00eda judicial.<\/p>\n<p>2. Las acciones judiciales derivadas del contrato de viaje combinado prescriben por el transcurso del plazo de 2 a\u00f1os, a contar desde el d\u00eda en el que finaliz\u00f3 o deb\u00eda finalizar el viaje.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"parent":0,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","meta":{"footnotes":""},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/viatgesindic.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/7821"}],"collection":[{"href":"https:\/\/viatgesindic.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/viatgesindic.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/viatgesindic.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/viatgesindic.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=7821"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/viatgesindic.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/7821\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":7823,"href":"https:\/\/viatgesindic.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/7821\/revisions\/7823"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/viatgesindic.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=7821"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}